Derechos y Deberes del Usuario en Salud

La nueva carta de derechos y deberes para el usuario del sistema de salud, 'Conozco mis Derechos y Deberes' surge de la sentencia T-760 de 2008, luego de que la Corte Constitucional estableciera la iniciativa como obligación.
Los derechos son:
- Acceder a los servicios sin que se le imponga trámites administrativos adicionales a los de la ley.
- Que le autoricen y presten los servicios incluidos en el plan obligatorio de salud de manera oportuna y si usted requiere con necesidad uno que no esté incluido también lo puede recibir.
- Recibir por escrito las razones por las que se niego el servicio de salud.
- Que, en caso de urgencia, sea atendido de manera inmediata, sí que le exijan documentos o dinero.
- Que atiendan con prioridad a los menores de 18 años.
- Elegir libremente el asegurador, la IPS y el profesional de la salud que quiere que los trate, dentro de la red disponible.
- Ser orientado respecto a la entidad que debe prestarle los servicios de salud requeridos.
- Que como cotizante le paguen las licencias y las incapacidades médicas.
- Tener protección especial cuando se padecen enfermedades castrastóficas y de alto costo, sin el cobro de copagos.
- Que solamente le elijan su documento de identidad para acceder a los servicios de salud.
- Que le informen dónde y cómo pueden presentar quejas o reclamos sobre la atención en salud prestada.
- Recibir un trago sin discriminación alguna.
- Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
- Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible.
- Recibir servicios continuos, sin interrupción y de manera integral.
- Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a recibir y de los riesgos del tratamiento.
- Recibir una segunda opinión médica si lo desea y a que su asegurador valore el concepto emitido por un profesional de la salud externo.
- Ser informado sobre los costos de su atención en salud.
- Recibir o rechaza apoyo espiritual o moral.
- Que se mantenga estricta confidencialidad sobre su información clínica.
- Que usted o la persona que lo represente acepte o rechace cualquier tratamiento y que su opinión sea tenida en cuenta y respetada.
- Ser incluido en estudios de investigación científica solo si lo autoriza.
- Que se respete su voluntad de donar o sus órganos.
- Cumplir con las citas asignadas o cancelarlas con anticipación cuando no puede asistir.
- Responder y procurar por el cuidado integral de su propia salud y de la comunidad.
- Asumir las decisiones sobre su salud.
- Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
- Traer los documentos requeridos, para los trámites respectivos.
- Afiliar al sistema de seguridad social a todo el núcleo familiar e informar sobre cualquier cambio que surja.
- Usar correctamente los servicios y las instalaciones del instituto.
- Mantener respeto por el personal asistencial y administrativo del instituto y a los otros pacientes, familiares y acompañantes.
Fuente: www.minsalud.gov.co
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